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ORDENANZA REGIONAL

Ordenanza Regional que aprueba la actualización del Proyecto Educativo Regional - PER 2026-2036, denominado “Arequipa Capital de la Calidad Educativa”

2026-06-25
Tipo
ORDENANZA REGIONAL
Número
555-AREQUIPA
Fecha
2026-06-25
Cuerpo de texto
Sí

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional del 26 de mayo de 2026, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

POR CUANTO:

Que, por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos contenida en el Dictamen de Comisión N° 004-2026-GRA/CR-CEDCTI de la Comisión de Educación, Deporte, Ciencia, Tecnología e Innovación, y al amparo de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, incluidas las Leyes N° 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 31433; y en observancia del marco normativo regional constituido por la Ordenanza Regional N° 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional N° 508-AREQUIPA y la Ordenanza Regional N° 154-AREQUIPA y sus modificatorias aprobadas mediante Ordenanzas Regionales N° 342-AREQUIPA, N° 392-AREQUIPA, N° 393-AREQUIPA y N° 403-AREQUIPA.

SE HA APROBADO LO SIGUIENTE:

Artículo 1°.- APROBAR, la actualización del PROYECTO EDUCATIVO REGIONAL - PER 2026-2036, denominado “AREQUIPA CAPITAL DE LA CALIDAD EDUCATIVA”; el mismo que se adjunta como Anexo y forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, el cual se conforma de la siguiente estructura:

Artículo 2°.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Educación de Arequipa la planificación, elaboración, ejecución y evaluación de planes, programas y proyectos en el marco del Proyecto Educativo Regional Arequipa 2026-2036.

Artículo 3°.- DISPONER que la Gerencia Regional de Educación de Arequipa y las Unidades de Gestión Educativa Local adopten las medidas necesarias a fin de actualizar e implementar, en su respectivo ámbito, el Proyecto Educativo Local.

Artículo 4°.- DISPONER que la Gerencia Regional de Educación, las Unidades de Gestión Educativa Local y las demás instancias de gestión educativa descentralizada adopten las medidas necesarias para la implementación, en todo el ámbito regional, del seguimiento y cumplimiento de la presente Ordenanza Regional.

Artículo 5°.- Las funciones y demás consideraciones generales del Consejo Regional de Competitividad y Productividad se encuentran reguladas en documento aparte denominado ANEXO, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza y será publicado en su integridad en el portal web del Gobierno Regional de Arequipa (https://gob.pe/regionarequipa) y en su portal institucional.

Artículo 6°.- ADECUACIÓN NORMATIVA

El Proyecto Educativo Regional - PER 2026-2036 y las acciones derivadas de su implementación se adecuarán progresivamente a las disposiciones y lineamientos emitidos por el ente rector del sistema educativo nacional, en el marco del principio de legalidad y del respeto a las obligaciones internacionales asumidas por el Estado peruano en materia de protección de niñas, niños y adolescentes.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.

En Arequipa, a los veintiséis días del mes de mayo de 2026.

NORMA ALEJANDRA ORTEGA VALDIVIA

Presidenta del Consejo Regional de Arequipa

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintitrés días del mes de junio del dos mil veintiséis.

ROHEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ

Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa

CAPÍTULO N° 1 | ¿Cómo está la Educación en la Región? CAPÍTULO N° 2 | El modelo conceptual de la educación regional CAPÍTULO N° 3 | Análisis prospectivo El futuro que enfrentamos CAPÍTULO N° 4 | Decisiones estratégicas: El futuro que deseamos para Arequipa y para la educación regional CAPÍTULO N° 5 | Despliegue estratégico del PER 2026-2036 CAPÍTULO N° 6 | Fichas de desarrollo estratégico CAPÍTULO N° 7 | Monitoreo y Seguimiento

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