Lima, 16 de julio de 2026
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 12 del Decreto Ley Nº 21021, que crea la Caja de Pensiones Militar Policial, modificado por la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 32561, Ley que modifica el Decreto Legislativo 1133, Decreto Legislativo para el ordenamiento definitivo del Régimen de Pensiones del Personal Militar y Policial, y dicta otras disposiciones, establece que el Consejo Directivo que está a cargo de la Dirección de la Caja de Pensiones Militar Policial, se encuentra conformado, entre otros, por dos directores designados por el Ministro de Defensa;
Que, el artículo 13 del citado Decreto Ley Nº 21021 señala que los directores del Consejo Directivo son nombrados por resolución suprema, refrendada por los Ministros de los sectores correspondientes; ejerciendo su mandato por un período de dos (2) años, prorrogable por una sola vez y por el mismo plazo;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 047-2024-DE se designa al señor Adolfo Jorge Herrera Orlandini como miembro del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación del Ministerio de Defensa;
Que, el señor Adolfo Jorge Herrera Orlandini ha formulado renuncia al cargo que desempeña como miembro del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación del Ministerio de Defensa, siendo necesario aceptarla;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 21021, que crea la Caja de Pensiones Militar Policial y sus modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor ADOLFO JORGE HERRERA ORLANDINI al cargo de miembro del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación del Ministerio de Defensa, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO
Ministro de Defensa